Sen. Mely Romero Celis (12-09-13)

Intervención de la Sen. Mely Romero Celis, para referirse al proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, el jueves 12 de septiembre de 2013.


Muchas gracias senadora presidenta:

La movilidad en cualquier parte del mundo, sustentada en esquemas eficientes de transporte público, es un instrumento también para reducir la desigualdad, pues permite la adquisición de capacidades por parte de la población y de los sectores sociales, que carecen de recursos suficientes para tener un automóvil propio.

Cuando la población de menores recursos puede transportarse en forma económica, sencilla y ágil hacia espacios laborales, académicos, de esparcimiento, entre otros, la brecha de oportunidades que existe entre los grupos poblacionales con condiciones socioeconómicas diferenciadas logra reducirse.

Ese es el sustento que contempla la presente iniciativa para modificar la Ley de Coordinación Fiscal, específicamente en dos de sus artículos que tienen que ver con los recursos del Ramo 33.

El Ramo 33 se instituyó hace varios años ya, específicamente se contemplan en él los fondos de infraestructura social municipal y el fondo de fortalecimiento municipal, que como su denominación lo señala, tienen aplicación en los municipios.

Estos fondos han sido utilizados en diferentes contextos que la misma Ley de Coordinación Fiscal señala, específicamente el fondo de infraestructura social se puede invertir para el financiamiento de obras, acciones sociales básicas, que tienen que ver con el combate al rezago social y a la pobreza extrema.

Los rubros específicos en los que se puede invertir tienen que ver con agua potable, alcantarillado, drenaje, electrificación, caminos rurales, infraestructura educativa, salud, mejoramiento de vivienda, y también infraestructura productiva rural.

El fondo de fortalecimiento municipal, por su lado, se puede invertir en diversos temas como el pago de deuda, el fortalecimiento a la seguridad pública o a la protección civil y otros rubros como salud, educación, desarrollo social o cultural.

La presente iniciativa lo que pretende es que podamos modificar la Ley de Coordinación Fiscal, para que estos recursos del Ramo 33, que están etiquetados en estos rubros específicos, puedan invertirse también para desarrollar este tema que es fundamental para los mexicanos y que tiene que ver con la movilidad o con el transporte pública.

La modificación contempla que se pueda invertir o coinvertir recursos en este tema de transporte, porque actualmente es muy poco el porcentaje que se invierte por parte de los municipios en este tema, que ha sido señalado por organismos internacionales como uno de los elementos que permite elevar la calidad de vida de los ciudadanos y, por supuesto, elevar el desarrollo de cualquier sociedad.

Hoy en día solamente se invierte en el tema de transporte público el .2 por ciento de los recursos de estos fondos, de infraestructura y de fortalecimiento municipal; para el tema de infraestructura ciclista, un tema de movilidad no motorizada que también es importante y cobra mayor importancia en estos días en nuestro país, aquí se invierte solamente el 2.7 por ciento.

Entonces la intención de esta iniciativa es no solamente posibilitar a los municipios que le inviertan en este tema que es para el desarrollo local, y en consecuencia el desarrollo nacional, sino que además se pueda combatir algo como la contaminación, que se pueda contribuir al mejoramiento, por supuesto, del medio ambiente y a la reducción de este calentamiento global que hoy en día nos preocupa tanto.

Sabemos que el 85 por ciento de los hogares con los ingresos más bajos no cuenta con un automóvil hoy en día, mientras que el 90 por ciento de los hogares en el nivel más alto, sí cuenta con un automóvil, en consecuencia sabemos que las personas con menores recursos son las menos beneficiadas hoy en día que se invierte una gran cantidad de recursos para ampliar vialidades.

Lo que debemos hacer es propiciar que los municipios y los estados, específicamente también las zonas metropolitanas, tengan la posibilidad de invertir en este tema de transporte público y en equipamiento, en infraestructura, para el transporte motorizado y transporte no motorizado, de manera que los sectores más rezagados, que la población más vulnerable sea también apoyada al momento que tiene que desplazarse para acudir a trabajar o a desarrollar todas sus actividades.

Estamos promoviendo entonces, a través de esta iniciativa, que se pueda reformar la Ley de Coordinación Fiscal, específicamente en el artículo 33 en la fracción primera, para que se incorpore específicamente el término de transporte público y movilidad no motorizada.

De igual manera en el artículo 37, que se pueda incluir el concepto de desarrollo de proyectos de movilidad no motorizada y transporte público, para los fondos de infraestructura social municipal y para los fondos de fortalecimiento municipal que tienen que ver con los recursos del Ramo 33.

En resumen, con esta iniciativa estaríamos logrando por supuesto que se inviertan recursos en este tema de movilidad, que se pueda propiciar una ampliación de la cobertura del gasto del Ramo 33, en transporte público y que se pueda además contribuir a la protección del medio ambiente, y algo que es sumamente importante, que se incentive una lógica de planeación oportuna que incorpore medidas de transporte sustentable y en consecuencia se mejore la calidad de vida de la población, de los municipios y las delegaciones del país que así lo decidan.

Eso es muy importante, esta modificación permitiría que a decisión de municipios y estados puedan invertir en el transporte público, sin que sea una obligación como tal y sin que esta iniciativa de ley represente una erogación adicional del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Es cuanto.
 

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