Intervención del Sen. Raúl Cervantes Andrade, para referirse al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y municipios, el martes 16 de abril de 2013.
Buenos días senadoras y senadores:
Hoy presenta la Comisión de Puntos Constitucionales un dictamen evidentemente de una reforma constitucional que atiende un tema en donde todos los grupos parlamentarios y la sociedad en su conjunto, tenían una preocupación importante sobre el marco constitucional y legal de las entidades federativas en el tema de deuda de estados y municipios.
La discusión se pensó que era un tema técnico, y resultó en su conclusión, que era un tema político, legal y que su instrumentación constitucional tenía la problemática de tener en primer lugar, el respeto a las entidades federativas; en segundo, una revisión natural del federalismo; en tercero, la intervención del Senado de la República, y un equilibrio entre los controles de legalidad y los controles políticos.
Se pensaba en una primera fase, en que el Senado de la República debería intervenir en todo momento con respecto a los temas de deuda, y era parcialmente cierto.
También se pensaba que no se podían abandonar los controles jurídicos con respecto a la deuda de los estados y municipios y se advertía de todas y cada una de las iniciativas que el marco que existía en las entidades federativas era precario.
Invitamos una vez que se inició el proceso de dictaminación, en donde todas las iniciativas se iban a tomar en cuenta para la misma, y en donde teníamos que hacer una reflexión sobre llegar a converger y buscar un punto ecléctico sobre los temas constitucionales, del tema de deuda, hicimos un cuadro de convergencias y divergencias de las iniciativas.
Generamos el problemario constitucional y legislativo que teníamos que desahogar, y abrimos a un procedimiento, abierto a los expertos, a la Conago, a las organizaciones de los presidentes municipales, a la academia, a las calificadoras, a las instituciones bancarias y a la problemática del régimen de contabilidad gubernamental.
Hemos hecho en este Senado una integralidad constitucional en el tema, porque iniciamos con contabilidad gubernamental que tiene y está vinculada necesariamente con esta minuta, con este dictamen; continuamos con el tema de transparencia y estamos también en el proceso de dictaminar el de anticorrupción.
Todos tienen una vinculación en facultades, en ejercicio y en lógica institucional en una arquitectura constitucional funcional.
Se va a emitir después de la modificación a la Constitución, una Ley general, se le da facultades al Congreso ¿para qué? Para homologar a todas las entidades federativas en el tema de deuda de municipios, y también va una vinculación de forma natural con el registro contable de la hoy aprobada Ley.
Pero no queda ahí; la problemática se cuadraba en un específico punto, no es problema sustancial por no tener más allá de 3.5 del PIB la deuda de los estados; no estamos en un problema sistémico, pero sí estamos en un problema de atención.
Se desprendió que cinco entidades federativas tenían un problema grave, y que todas habían incurrido, unas porque su Constitución se los permitía en quirografarios a seis meses sin autorización del Congreso, otros porque contrataban deuda para pagarle a sus proveedores los últimos meses de su administración, como pasaba en los municipios y en los gobiernos de los estados.
Pero también se advirtió que no había un problema tanto en el tema de la deuda institucional con el sistema bancario, pero esto no obstaba que no hubiera una lógica de arquetipo para poder construir adecuadamente este nuevo diseño constitucional.
La conclusión fue no más deuda, aún y cuando ya había una prohibición previa para gasto corriente. Regulemos la de corto plazo, para no dejarle deuda a la siguiente administración. Generemos la homologación en leyes concretas, tanto constitucionales como a nivel de Ley en las entidades federativas.
Tengamos un equilibrio específico entre este diseño y el manejo de la Ley; vincúlenla con el Artículo 108 Constitucional en las sanciones que ya vienen en la Ley de Contabilidad, y por lo tanto tengamos este privilegio de tener claramente beneficiario el sistema de rendición de cuentas y la transparencia.
El problema fundamental de la deuda de los estados, es que no se conocía por principio de transparencia la totalidad de la deuda. Tan es así que se pensaba … iniciativas o la discusión parlamentaria y hasta algunos expertos, sólo estábamos hablando de deuda, cuando lo que teníamos que hacer era hablar de obligaciones.
Cualquier obligación de pago, el 100 por ciento de las obligaciones de pago de los municipios y de los gobiernos estatales, debe ser pública, transparente.
Tenemos que privilegiar los controles políticos de las entidades federativas en donde ellas puedan aprobar hoy por las dos terceras partes, no por la mitad, por la mayoría simple, sino por las dos terceras partes, que haya una voluntad política del control del presupuesto.
Se invita a los gobiernos de los estados que hagan lo que no han venido haciendo. No conozco presión presupuestal en los congresos para disminuir el déficit, normalmente es para aumentarlo, lo que significa deuda.
Estos controles de asumir las dos terceras partes, invita a transparentar ante la sociedad, sabiendo el 100 por ciento del registro de la deuda, equilibrando los sistemas de rendición de cuentas, si es necesario aumentar este déficit.
Pero también había que regular las tasas que existían en el mercado. Muchas entidades federativas y también, y de manera más importante los municipios, pagaban cantidades exorbitantes en relación a tasa.
¿Cómo se logra? Generar convenios con el Gobierno federal, convertir la deuda estatal en una deuda federal con su aval. Esto en automático regula el mercado; esto en automático baja la tasa y por lo tanto estás teniendo acceso a recursos que le pueden beneficiar a los ciudadanos de manera mucho más accesible para las entidades federativas y los municipios.
Ahí no queda, ¿qué sucede cuando se da esta garantía de las entidades federativas por parte de Hacienda? Se discutía si sólo tenía que tener el control la Secretaría de Hacienda o si tenía que haber una intervención por parte del Senado de la República, y yo sí creo que llegamos a un punto de equilibrio de construcción constitucional adecuado.
Y vimos el esquema de Brasil sobre el semáforo, lo que significa las advertencias de la calidad de deuda, lo que significa cuando no tiene problemas, no tiene por qué haber controles jurídicos federales.
Cuando empieza a emproblemarse y cuando ya es problema, hay convenios que va a presentar la Secretaría de Hacienda, se hace aval, se controlan las tasas del mercado, viene una aprobación final del Senado de la República y el auditor superior de la federación, al convertirse ese dinero, no en estatal, sino en federal, su naturaleza jurídica se modifica por llevar el aval, el que debe auditar es el auditor superior de la federación. Se logra un excelente equilibrio constitucional en el tema de fiscalización cuando los recursos y en qué casos los revisará el auditor local y cuándo lo revisará el auditor federal.
En este orden de ideas y en este camino institucional de esta modificación, en breve habrá una ley reglamentaria que sin duda se ha vislumbrado por parte de los grupos parlamentarios de este Senado, que aquí no se podía dictaminar, pero cuál es el acercamiento.
Se vislumbra en el dictamen hacia dónde va y se visibiliza cómo podemos hacer una ley general específica, reglamentaria sobre el tema de deuda.
Me felicito, felicito a la comisión y felicito al Senado por este trabajo.
Mil gracias señor presidente