Sen. Diva Hadamira Gastélum Bajo (18-04-13)

Intervención de la Sen. Diva Hadamira Gastélum Bajo, para referirse al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Salud, el jueves 18 de abril de 2013.

 

Gracias señor presidente:

 

Como lo ha comentado, vengo a presentar la iniciativa de reforma a la Ley General de Salud, en sus artículos 3 y 27.

 

Es un tema que consideramos importante que se pueda incluir y empezar a trabajar fuertemente, como es el cáncer en niñas, niños y adolescentes.

 

Las cifras son muy duras, el problema lo es, y si nos atenemos a lo que dice la Organización Mundial de la Salud, que habla que el año pasado tuvimos 160 mil nuevos casos de cáncer de niñas, niños y adolescentes; cuatro de cada cinco niños no tienen los recursos para atenderse.

 

Otro dato interesante es que el cáncer es considerado la segunda causa de muerte de los niños y las niñas mexicanas. Algo que nos preocupa sobremanera es cuántos sobreviven a este problema, los datos oscilan, entre el 30 y 50 por ciento.

 

En este año, ya tenemos 18 mil nuevos casos de cáncer de niñas y niños. La problemática es muy seria, muy lastimosa y pareciera que los datos, sobre todo de los que sobreviven, son de la gente que sí cuenta con recursos.

 

Esto quiere decir que la pobreza también es distintivo para que nuestras niñas y niños no estén sanos de un problema tan serio.

 

Estoy proponiendo una reforma a los artículos que han comentado, el tercero y el 27, toda vez que el derecho a la salud está consagrado en la Constitución, es uno de los derechos más importantes que tenemos en el país.

 

Luego entonces, nuestra propuesta en primer lugar es, una gran campaña para prevenir, pero por sobre todo, que sea incluida en la Ley General de Salud esta solicitud.

 

No puede ser posible que la salud de nuestras niñas y niños esté en riesgo como hasta ahora lo estamos viviendo.

 

Estamos pidiendo la promoción y cuidado de la salud de los menores de 18 años, de forma particular en la prevención, detección oportuna y atención de cáncer en las niñas, niños y adolescentes.

 

Las demás materias que establezca esta Ley y otros ordenamientos legales se contemplan de conformidad con el párrafo tercero del artículo cuarto constitucional.

 

Estamos pidiendo una atención integral que comprenda la detección y atención oportuna en el padecimiento de un mal, que es la segunda causa de muerte de nuestras niñas y niños, como es el cáncer, las leucemias que es uno de los índices más altos que tenemos.

 

Por su atención, muchas gracias.

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