Intervención de la Sen. Cristina Díaz Salazar, para referirse al punto de acuerdo por el que se ratifica el nombramiento del ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, como Comisionado Nacional de Seguridad, el 26 de febrero de 2013.
Gracias señor presidente;
Honorable Asamblea:
Con fecha 19 de febrero de 2013, el subsecretario de enlace legislativo de la Secretaría de Gobernación remitió al presidente del Senado de la República el nombramiento que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Enrique Peña Nieto, hiciera al ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, para ocupar el cargo de Comisionado Nacional de Seguridad, a fin de someter a consideración de esta soberanía su ratificación, con fundamento en el último párrafo del Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que confiere al titular del Ejecutivo Federal la facultad para nombrar al Comisionado Nacional de Seguridad con la ratificación del Senado.
Estas comisiones con fundamento en lo dispuesto por la sección tercera, capítulo segundo, título octavo en el numeral tres del Artículo 255 del Reglamento del Senado de la República, así como en el acuerdo de las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública del Senado de la República, aprobado en reunión celebrada el 25 de febrero del 2013, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen.
Los antecedentes son los siguientes:
Número uno, mediante oficio de fecha 19 de febrero de 2013, signado por el subsecretario de enlace legislativo de la Secretaría de Gobernación, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Enrique Peña Nieto, presentó oficio ante el Senado de la República a fin de someter para su ratificación la propuesta del nombramiento que él mismo hiciera del ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, al cargo de Comisionado Nacional de Seguridad, con fundamento en el Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Dos, en la sesión del 21 de febrero de 2013, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, dispuso que la propuesta de nombramiento citado con antelación, se turnara a las Comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública para su estudio y dictamen correspondiente.
Tres, en sesión extraordinaria, los senadores integrantes de las comisiones, nos constituimos en Comisiones Unidas a fin de analizar la documentación presentada con el nombramiento, así como el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para que el ciudadano mexicano propuesto Manuel Mondragón y Kalb, pudiera ocupar el cargo de Comisionado Nacional de Seguridad.
Cuatro, en esta misma sesión extraordinaria, los senadores integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Seguridad Pública, recibimos en comparecencia al funcionario propuesto por el Ejecutivo Federal, a quien se le garantizó su derecho de audiencia como lo dispone el reglamento del Senado, para expresar su programa de trabajo y los méritos que le acreditan para ser postulado para ocupar el cargo.
Ante ello, los integrantes de las comisiones expresaron sus observaciones y comentarios al mismo, quien respondió ante estos.
Objeto de la propuesta de nombramiento:
Someter a consideración de esta Honorable Cámara de Senadores la ratificación del nombramiento del Comisionado Nacional de Seguridad, al ciudadano Manuel Mondragón y Kalb.
Descripción de la propuesta de nombramiento. Una de las responsabilidades fundamentales que recae en el titular del Poder Ejecutivo Federal al inicio de su gestión, es la designación del equipo de trabajo que lo acompañará durante su encargo, considerando a las personas idóneas con base en aptitud, conocimiento, experiencia y calidad moral.
Derivado de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del 2 de enero de 2013, el Presidente de la República a propuesta del secretario de Gobernación, designa al Comisionado Nacional de Seguridad con ratificación del Senado de la República.
El titular del Ejecutivo propone al ciudadano Manuel Mondragón y Kalb como Comisionado Nacional de Seguridad, quien cuenta con la aptitud, experiencia y conocimientos necesarios en la materia, mismo que lo hace apto para ocupar el cargo.
Tres, consideraciones de la propuesta de nombramiento:
Primera, de conformidad con lo dispuesto en la sección tercera, capítulo segundo, título octavo, en el numeral tres del Artículo 255 del Reglamento del Senado de la República, estas comisiones resultan competentes para dictaminar la ratificación del nombramiento del Comisionado Nacional de Seguridad.
Segundo, a juicio de los miembros de las comisiones dictaminadoras, Manuel Mondragón y Kalb, cuenta con la experiencia y el perfil requerido para desempeñar el cargo de Comisionado Nacional de Seguridad, en virtud de su trayectoria y de contar con la formación académica y el perfil adecuado para realizar las funciones inherentes al mismo.
El ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, cuenta con la siguiente formación académica y experiencia profesional: Médico Cirujano por la Universidad Nacional Autónoma de México; contraalmirante Médico Naval de la Armada de México; estudios de postgrado en medicina interna y reumatología de los institutos nacionales de Ciencias Médicas y Nutrición, Salvador Zubirán, y Nacional de Cardiología, José Ignacio Chávez.
Estudios de Alta Dirección de Empresas y Administración Pública, IPADEN; experiencia en el servicio público, coordinador nacional de participación social de la Procuraduría General de la República; Subprocurador de Atención a Víctimas y Participación Social en la Procuraduría de Justicia de la Ciudad de México.
Subsecretario de Deporte de la Secretaría de Educación Pública; Subsecretario Forestal y de Fauna en la Secretaría de Agricultura federal; Subsecretario de Participación Ciudadana y Prevención del Delito de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; secretario de Salud en el Distrito Federal; secretario de Seguridad Pública en el Distrito Federal.
Tercera, con el objeto de realizar un examen valoratorio sobre su idoneidad para el cargo al que ha sido propuesto, el ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, sobre su capacidad técnica, experiencia profesional y desde luego su conocimiento en la materia, se citó a comparecer el día 25 de febrero de 2013, en la reunión extraordinaria ante las Comisiones Unidas de Gobernación y Seguridad Pública.
Asimismo, dicha reunión tuvo la finalidad de atender las garantías de audiencia y legalidad prevista en los artículos 14 y 16 Constitucionales, 242 y 255 del Reglamento del Senado de la República.
Una vez concluida la comparecencia del funcionario en cuestión, los integrantes de las comisiones reunidas en pleno, deliberamos a favor de proponer ante el Pleno del Senado de la República, la ratificación con unanimidad del nombramiento que hiciere el titular del Poder Ejecutivo Federal sobre el ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, al cargo de Comisionado Nacional de Seguridad, con fundamento en el último párrafo del Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Por lo anteriormente expuesto y fundado de acuerdo con la Constitución Política, la Ley Orgánica del Congreso General y el Reglamento del Senado, así como de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, todo ordenamiento de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Seguridad Pública, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea lo aprobado, la aprobación del siguiente acuerdo:
Único, se ratifica el nombramiento del ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, para ocupar el cargo de Comisionado Nacional de Seguridad que hiciere el titular del Poder Ejecutivo Federal de acuerdo con la Ley.
Dado en el salón del sesiones del Pleno del Senado de la República, a los días 26 del mes de febrero, año 2013.
Firman los integrantes de Comisiones Unidas de Gobernación y de Seguridad Pública, por el que se aprueba la ratificación del ciudadano Manuel Mondragón y Kalb, como Comisionado Nacional de Seguridad.
Es cuanto señor presidente.